El verano está a la vuelta de la esquina, y con él se aproxima una legislación a favor de los menores… y por tanto de los mayores. El pasado 4 de junio el Consejo de Ministros del gobierno de España aprobó el anteproyecto de una ley para la protección de menores en entornos digitales. Desde un aumento de la edad mínima para acceder a las redes sociales, hasta la identificación de nuevos delitos como el grooming, esta ley trae numerosas novedades que pretenden dar un pequeño paso en la dirección correcta.

El objetivo de la ley es “garantizar los derechos de los menores en el ámbito digital, especialmente su derecho a la intimidad, al honor, y a la integridad; y hacerlo con todas las garantías y protegiendo los datos personales que, de manera voluntaria o involuntaria, se dejan en las redes cuando uno interactúa en ellas”, según Bolaños, ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Se trata de una normativa que muchos afirman que se hace cada vez más necesaria, a medida que el mundo digital cobra mayor importancia y aparecen nuevos escenarios de delito no considerados hasta ahora. Sin embargo, ¿en qué se concreta esta nueva ley?

El conocimiento es poder

Se podría decir que las normativas que acompañan a la ley de protección digital del menor se aglomeran alrededor de diversas temáticas. La primera de ellas tiene que ver con las administraciones públicas, las cuales se verán en la obligación de realizar campañas de prevención y sensibilización.

Uno de los elementos más importantes es concienciar y educar sobre los riesgos que se asocian al entorno digital, y los derechos con los que cuentan los menores en este ámbito. Las campañas se organizarán alrededor de temas como la detección y tratamiento de adicciones provocadas por el consumo tecnológico, las cuales son cada vez más habituales; o los efectos del consumo de pornografía en edades tempranas. Se pretende también facilitar el acceso a centros especializados de atención a la salud mental para afrontar estas patologías, incluyendo la realización de los test pediátricos necesarios.

Tanto adultos como menores tendrán derecho a recibir información suficiente y necesaria sobre el uso de las tecnologías, incluyendo tanto los riesgos como los derechos disponibles, siendo especialmente importante adaptar la forma y lenguaje según la edad.

Hacer de los dispositivos un lugar seguro

Con esta nueva ley, los dispositivos electrónicos (incluyendo móviles, tabletas, portátiles y televisores) deberán incluir de fábrica herramientas de control parental gratuitas. Además, se modificarán los mecanismos de verificación de edad, de tal forma que se garantice su eficacia, efectividad y obligatoriedad. El acceso de menores a las páginas pornográficas quedará bloqueado, reconociendo el fácil acceso de menores a estos contenidos como un problema que hasta ahora no había sido abordado.

En cuanto a las redes sociales como TikTok o Instagram, se elevará la edad mínima de acceso a las redes de 14 a 16 años. De esta forma, hasta los 16 años, el acceso a las redes sociales deberá ser consentido por un adulto, acreditando asimismo la fecha de nacimiento. Adicionalmente, las plataformas que puedan incluir un intercambio de vídeos estarán obligadas a tener un enlace directo a un canal de denuncias y a los sistemas de control parental.

La norma también prohíbe a aquellos menores de edad el acceso a mecanismos aleatorios de recompensa, frecuentemente empleados en videojuegos. En estos mecanismos, el usuario normalmente canjea puntos a cambio de dinero, bajo un funcionamiento psicológico similar al de las máquinas tragaperras, los cuales fomentan que los menores se sientan obligados a invertir más dinero.

Modificación del código penal

Por último, se reconoce también la aparición de nuevos delitos llevados a cabo en el entorno digital. Por ello, una modificación de código penal incluirá nuevos delitos como el grooming o la difusión de noticias falsas, por ejemplo, mediante la generación de imágenes o audios que parezcan realistas y contribuyan a tergiversar determinadas noticias.

Otro aspecto importante es que se impondrá pena de cárcel a quienes utilicen la inteligencia artificial para llevar a cabo el proceso conocido como ‘desnudamiento’ (desnudar a una persona empleando la IA, insertando una imagen real) o crear imágenes de contenido sexual. Las víctimas de este tipo de delitos podrán contar con una orden de alejamiento, tanto física como virtual, respecto a los agresores.

Un pequeño paso para nuestro mundo

En principio, al finalizar el verano se aprobará la ley, junto con el desarrollo de una estrategia nacional para la protección de la infancia y la juventud en los entornos digitales. Esta estrategia, liderada por el Ministerio de Juventud e Infancia, se revisará cada tres años. Para desarrollarla, recientemente se conformó un grupo de 50 expertos y expertas -en el que hay un representante de Dale Una Vuelta- sobre los que se apoyarán los cambios a realizar.

Sin embargo, tras la publicación del anteproyecto, muchos resaltan sus inseguridades. María del Carmen Morillas, presidenta de FAPA (Federación de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado) declara para Europa Press: “al final prohibir es mirar hacia otro lado, es importante hacer competentes a nuestros hijos e hijas para poder relacionarse”. En nuestra opinión, el anteproyecto es un pequeño paso para reconocer riesgos y peligros que hasta ahora no se habían reconocido oficialmente, especialmente algunos como la adicción a la pornografía y la IA como una peligrosa herramienta para el abuso.

Sin embargo, es evidente que esta ley no debe ser la única esperanza de quienes deseamos lidiar con estos peligros. El primer y mayor paso se debe dar desde el entorno familiar: unos padres que sepan enseñar y acompañar a sus hijos e hijas en un mundo digital cada vez más presente en todos los ámbitos de la vida.

 

Referencias:

Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales.

Europa Press, 4 junio 2024.

El País, 5 marzo 2024.